Que necesito para viajar a la República Dominicana

Consejos, documentación y requisitos para viajar a la República Dominicana


Publicado 16-07-2016



La República Dominicana, país ubicado en el archipiélago de las Antillas Mayores, es el segundo país más extenso de El Caribe. Por ello, no es de extrañar que posea un amplio abanico de lugares de interés turístico, desde sus paradisiacas playas hasta monumentos de insuperable belleza. A la República Dominicana llegan turistas de cualquier parte del mundo, sobre todo de Estados Unidos, Europa, Canadá y Latinoamérica. No obstante, también hay quienes eligen este país para obtener la residencia definitiva y establecerse allí, en cuyo caso será necesario un trámite algo distinto al requerido para únicamente ir de vacaciones. Todos los requisitos a cumplir, documentación a presentar y trámites a realizar te los explicamos en este artículo.

REQUISITOS DE ENTRADA

Desde mayo de 2012 y conforme a la Ley 199-67 sobre la Tarjeta de Turista y la Ley No. 875 sobre Visados, los documentos que se citan a continuación serán obligatorios para todos los extranjeros que deseen ingresar en la República Dominicana a menos que se especifique lo contrario:

  • Pasaporte vigente: su presentación ante las autoridades migratorias será obligatoria para cualquier extranjero que viaje a la República Dominicana.
  • Tarjeta de Turista: se trata, en realidad, de un impuesto que cobra el país a aquellos que lo visitan. Dicha tarjeta se puede obtener fácilmente en cualquier aeropuerto dominicano a tu llegada a la República Dominicana. A veces incluso la propia aerolínea o la agencia de viajes incluye la Tarjeta de Turista en el mismo paquete vacacional. Solamente se necesita en caso de que la entrada al país sea para fines turísticos. Más abajo podrás encontrar más información acerca de este documento.
  • Visado: a excepción de los nacionales de países con los que la República Dominicana haya suscrito acuerdos en materia de Visados y los nacionales de países autorizados a viajar tan solo con Tarjeta de Turista (detallamos cada caso en el apartado siguiente), el resto están obligados a estar en posesión del visado en su documento de viaje a su entrada al país.

Tarjeta de Turista

Como se ha mencionado con anterioridad, la Tarjeta de Turista es una tasa impositiva que cobra el país a los turistas que deseen ingresar en él de acuerdo con lo establecido en la Ley 199-67, según la cual la adquisición de dicha tarjeta es un requisito obligatorio para ingresar en el territorio nacional sin una Visa Consular. A continuación enumeramos una serie de detalles a tener en cuenta sobre la Tarjeta de Turista:

  • Derechos del beneficiario: el interesado pierde su derecho a obtenerla si su estancia en territorio nacional es para la realización de actividades lucrativas.
  • Precio: US$10.00 o 10,00€.
  • Periodo de vigencia: La Tarjeta de Turista tiene vigencia de un año y es válida únicamente para una persona. Además, solo podrá ser utilizada una vez.
  • Uso indebido: si se hace un uso indebido de la misma o se utiliza para otro fin que no sea de carácter turístico, el individuo en cuestión será sancionado por las autoridades migratorias y expulsado de manera inmediata del país sin formalidad alguna.
  • Periodo de permanencia en el país: la Tarjeta de Turista permite al beneficiario permanecer en la República Dominicana durante un período máximo de 30 días. Si se desea extender este periodo, el interesado deberá abonar una tarifa cuyo importe variará según el tiempo que desee extender su estadía. Para más información sobre este asunto, se recomienda contactar con el Ministerio de Migración haciendo clic en este enlace.
  • Dónde se puede adquirir: puntos de venta ubicados en puertos aéreos, terrestres y marítimos, embajadas y consulados dominicanos en el exterior, tour-operadoras y a través de Internet (puedes acceder a este portal haciendo clic en este enlace).

¿Quiénes no necesitan Tarjeta de Turista?

Existen una serie de grupos determinados que están exentos del pago de la Tarjeta de Turistadebido a que el Gobierno de la República Dominicana mantiene acuerdos en materia de inmigración. A continuación se mencionan estos casos concretos:

  • Residentes, visados y nacionalizados dominicanos.
  • Extranjeros procedentes de los siguientes países: Argentina, Chile, Ecuador, Corea del Sur, Japón, Israel, Uruguay y Perú.
  • Funcionarios diplomáticos y consulares de nacionalidad extranjera acreditados en el país siempre y cuando mantengan sus funciones e ingresen en territorio nacional en misión oficial
  • Pasajeros que hagan uso de una aeronave privada no comercial siempre que sea por motivos deportivos, recreativos, turísticos, ejecutivos o de negocios, el peso no supera las treinta mil libras (30.000) y la capacidad máxima sea de 12 pasajeros.
  • Extranjeros de nacionalidad haitiana que estén dotados del carné que les habilita para entrar y salir en un mismo día de territorio dominicano. De acuerdo con el Artículo 78 de la Ley de Migración, esto solo se aplica en las provincias dominicanas fronterizas que sean limítrofes a la residencia en Haití del portador de dicho carné. En caso contrario, estarán obligados al pago de la Tarjeta de Turista.

Extranjeros que no necesitan Visado ni Tarjeta de Turista

En la siguiente lista se muestran los países cuyos ciudadanos están exentos de la obligatoriedad de solicitar un Visado Consular y Tarjeta de Turista:

  • Argentina
  • Chile
  • Japón
  • Corea del Sur
  • Israel
  • Perú
  • Ecuador
  • Uruguay

Esto significa que dichos ciudadanos no precisan de estos documentos, pero sí que deberán presentar su pasaporte vigente en el momento de formalizar su entrada a la República Dominicana.

Extranjeros que solo necesitan Tarjeta de Turista

Los ciudadanos procedentes de los países que se listan a continuación solo necesitan adquirir la ya mencionada Tarjeta de Turista para poder ingresar en territorio dominicano siempre y cuando su visita sea únicamente para fines turísticos:

  • A: Acrotiri y Dhekelia (Reino Unido), Alemania, Andorra, Anguila (Reino Unido), Antigua y Barbuda, Antillas Neerlandesas (Antillas Holandesas), Aruba, Australia y Austria.
  • B: Bahamas, Bahrein, Barbados, Bélgica, Belice, Bermuda (Reino Unido), Bolivia, Botsuana, Brasil, Brunei y Bulgaria.
  • C: Canadá, Chipre, Ciudad del Vaticano (Santa Sede), Costa Rica y Croacia.
  • D: Dinamarca y Dominica.
  • E: El Salvador, Emiratos Árabes Unidos, Escocia (Reino Unido), Eslovaquia, Eslovenia, España, Estados Unidos de Norteamérica y Estonia.
  • F: Fiji, Francia y Finlandia.
  • G: Gales (Reino Unido), Georgia del Sur (Reino Unido), Gibraltar (Reino Unido), Grecia, Grenada, Groenlandia (Dinamarca), Groenlandia (Noruega), Guadalupe (Francia), Guam (Estados Unidos), Guatemala, Guyana y Guyana Francesa (Francia).
  • H: Hawai (Estados Unidos), Honduras, Hong Kong* y Hungría.
  • I: Irlanda, Irlanda del Norte (Reino Unido), Isla Bouvet, Isla Cocos (Australia), Isla Cook (Nueva Zelanda), Isla de Christmas (Australia), Isla Feroe (Dinamarca), Islas Heard y McDonald, Isla Norfolk (Australia), Isla Palau (EE.UU.), Isla Samoa Americana (EE.UU.), Islandia, Islas Caimán (Reino Unido), Islas Faore (Noruega), Islas Malvinas o Falkland (Reino Unido), Islas Marianas del Norte, Islas Marshall, Islas Salomón, Islas Sandwich (Reino Unido), Islas Svalbard (Noruega), Islas Tokelau, Islas Turcas y Caicos, Islas Vírgenes (Estados Unidos), Islas Wallis y Futuna (Francia) e Italia.
  • J: Jamaica y Jan (Noruega).
  • K: Kazajistán, Kiribati y Kuwait.
  • L: Letonia, Liechtenstein, Lituania y Luxemburgo.
  • M: Macao*, Macedonia, Micronesia, Malasia, Malta, Martinica, Mauricio, Mayen (Noruega), Mayotte (Francia), México, Mónaco y Montserrat (Reino Unido).
  • N: Namibia, Nauru, Nicaragua, Niue (Nueva Zelanda), Noruega, Nueva Caledonia (Francia) y Nueva Zelanda.
  • P: Países Bajos (incluyendo Holanda, Curazao y Saint Marteen), Panamá, Paraguay, Polinesia Francesa (Francia), Polonia, Portugal y Puerto Rico (EE.UU.).
  • Q: Qatar.
  • R: Reino Unido, República Checa, República De Sudáfrica, República Eslovaca, Reunión (Francia), Rumania y Rusia.
  • S: Saint Kitts y Nevis, San Marino, San Vicente y Grenadinas, Santa Helena (Reino Unido), Santa Lucía, Serbia, Seychelles, Singapur, St Jhon (Estados Unidos), St. Croix (Estados Unidos), St. Thomas (Estados Unidos), Suecia, Suiza, Suriname y Svalbard (Noruega).
  • T: Tailandia, Taiwán, Territorios Franceses del Sur (Francia), Tokelau (Nueva Zelanda), Tonga, Trinidad y Tobago, Tristan da Cunha (Santa Helena), Turquía y Tuvalu.
  • U: Ucrania.
  • V: Vanuatu y Venezuela.

*válido para portadores del pasaporte especial de la Región Administrativa Especial de Hong Kong y Macao de la República Popular China.

Extranjeros que requieren Visado

Los ciudadanos con nacionalidad de alguno de los países que se enumeran a continuación requieren obligatoriamente de un visado para ingresar en la República Dominicana:

  • A: Abjasia, Afganistán, Albania, Angola, Arabia Saudita, Argelia, Armenia y Azerbaiyán.
  • B: Bangladesh, Benin, Bielorrusia, Bosnia y Herzegovina, Burkina Faso, Burundi y Bután.
  • C: Cabo Verde, Camboya, Camerún, Chad, Colombia, Comores, Congo (Brazzaville), Congo (Kinshasa), Corea Del Norte, Costa De Marfil y Cuba.
  • D: Djibouti.
  • E: Egipto, Eritrea y Etiopía.
  • F: Filipinas.
  • G: Gabón, Gambia, Ghana, Guinea, Guinea Ecuatorial y Guinea-Bissau.
  • H: Haití y Hong Kong.
  • I: India, Indonesia, Irak e Irán.
  • J: Jordania.
  • K: Kenia, Kirguizistán y Kosovo (Serbia).
  • L: Laos, Lesotho, Líbano, Liberia y Libia.
  • M: Macao (Republica Popular China), Madagascar, Malaui, Maldivas, Malì, Marruecos, Mauritania, Moldovia, Mongolia, Montenegro, Mozambique y Myanmar.
  • N: Nagorno-Karabakh, Nepal, Níger, Nigeria y Norfo.
  • O: Omán y Osetia del Sur (de facto independiente dentro de Georgia).
  • P: Pakistán, Palau, Palestina (Autoridad Nacional de Palestina) y Papúa Nueva Guinea.
  • R: República Popular China, República Democrática del Congo, República Centroafricana y Ruanda.
  • S: Sahara Occidental, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Siria, Somalia, Somaliand (de facto independiente dentro de Somalia), Sri Lanka, Suazilandia y Sudán.
  • T: Tanzania, Tayikistan, Timor del Este, Togo, Transnistria, Túnez y Turkmenistán.
  • U: Uganda y Uzbekistán.
  • V: Vietnam.
  • Y: Yemen y Yibuti.
  • Z: Zaire, Zimbabue y Zambia.

Extranjeros portadores de pasaportes diplomáticos o similares

Los ciudadanos extranjeros procedentes de alguno de los siguientes países se acogen, en virtud de acuerdos bilaterales, a la supresión recíproca de Visado por ser portadores de pasaporte diplomático, oficial o de servicio de:

  • A: Argentina.
  • B: Brasil y Belice.
  • C: Chile, Costa Rica, Colombia y Corea del Sur.
  • E: Ecuador y El Salvador.
  • G: Guatemala.
  • F: Finlandia.
  • H: Honduras.
  • I: Israel.
  • J: Japón.
  • M: México (salvo pasaportes oficiales) y Marruecos.
  • N: Nicaragua.
  • P: Panamá y Perú.
  • R: Rusia y República de China (Taiwán).
  • S: Suiza (salvo pasaportes oficiales) y Santa Sede.
  • U: Uruguay y Ucrania.
  • V: Vietnam

TIPOS DE VISADO

Para ingresar en la República Dominicana, existen diferentes tipos de visas que pueden solicitarse en el Consulado o en la Embajada de la República Dominicana que se encuentre en nuestro país. Cada tipo de visa sirve para un caso concreto, por lo que existen hasta ocho tiposconforme a la Ley No. 875 sobre Visados, cada uno de ellos con una aplicación y una duración, que se mencionan en los apartados siguientes.

Visa de Turismo

La Visa de Turismo (TS) se otorga a aquellos ciudadanos extranjeros que deseen entrar en territorio dominicano para disfrutar del país con fines turísticos o culturales y para asistir a congresos o convenciones. Es válida durante un máximo de 60 días y su aplicación puede ser de una única entrada o para entradas múltiples. De igual manera, los beneficiarios de esta visa no podrán desempeñar ningún tipo de actividad lucrativa en la República Dominicana. Esta Visa puede solicitarse por todos los ciudadanos del mundo en alguna oficina consular dominicana.

A continuación enumeramos los requisitos que debe tramitar todo extranjero desde su país de origen:

  • Formulario: el Formulario de Visa debe presentarse debidamente cumplimentado a máquina o en letra de molde. Puede solicitarse impreso en las oficinas consulares o a través de Internet haciendo clic en este enlace.
  • DNI y Tarjeta de Residencia: el interesado debe presentar una fotocopia legible de su DNI del país de nacionalidad, así como otra de la Tarjeta de Residencia si posee la residencia de un segundo país.
  • Fotografía: se debe presentar una fotografía tamaño 4 x 5 cm tipo carné (fondo blanco y de frente).
  • Pasaporte: deberá presentarse el pasaporte original con una vigencia mínima de 6 meses.
  • Autorización de los padres o tutor legal: en caso de ser menor de edad, se deberá solicitar, además, una autorización para que se le pueda conceder la visa de turismo al menor interesado.
  • Reserva del vuelo: se debe presentar una copia legible de la reserva del vuelo actualizada a la fecha de su viaje.
  • Reserva de hotel o carta de invitación: dependiendo de donde vayamos a alojarnos, se deberá presentar un documento u otro. En caso de hospedarnos en un hotel, tendremos que presentar una copia legible de la reserva del hotel. En caso de hospedarnos en la residencia de alguien que viva en la República Dominicana, se deberá entregar una carta de invitación con los datos de la persona que dará hospedaje (dirección y datos personales generales).
  • Reserva del vuelo: se debe presentar una copia legible de la reserva del vuelo actualizada a la fecha de su viaje.
  • Anteriores visas dominicanas: en caso de haberlas, se deberá presentar una copia legible de anteriores visas dominicanas, tanto si es por renovación como si es porque se ha viajado con anterioridad al país.
  • Certificado de No Antecedentes Penales: debe haber sido expedido por las autoridades correspondientes del último país en el que estuvo domiciliada la persona interesada. Este requisito no se exige para los menores de edad.
  • Carta de solicitud de Visa: el beneficiario o su representante debe suscribir una carta de solicitud de visa en la que aparezca su nombre, nacionalidad, actividad a la que se dedica, lugar de residencia, medios económicos con los que cuenta y propósito de viaje al país. Dicha carta debe presentarse sin notarizar.

El tiempo de obtención de la Visa de Turismo puede ser de entre 1 y 10 días a partir de su solicitud. En cuanto al precio, la Visa de entradas múltiples cuesta US$80.00 u 80,00€ y la de entrada única asciende a US$70.00 u 70,00€. El importe se abonará en dólares a no ser que nos encontremos en la Zona Euro.

Visa de Negocios

La Visa de Negocios se expide para viajes de negocios, con fines comerciales o profesionales. Es válida para un máximo de 60 días si es de una única entrada, aunque puede renovarse de forma automática a petición del beneficiario dentro del término de los 60 días anteriores. No será necesaria la autorización expresa de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores. Si se desea entrar y salir con mayor frecuencia, se puede solicitar una visa de negocios con entradas múltiples, la cual es válida para un año y no se podrá permanecer en el país durante más de dos meses consecutivos.

En las siguientes líneas se muestran los requisitos a cumplir por el interesado extranjero:

  • Formulario: se debe cumplimentar el formulario de visa bien a máquina o bien en letra de molde legible.
  • Carta de solicitud de visa: suscrita por la empresa o institución a la que pertenece el beneficiario y dirigida al cónsul. Dicha carta debe contener el nombre del beneficiario, su nacionalidad, lugar de residencia, medios económicos con los que cuenta, actividad a la que se dedica y motivo por el cual viaja a la República Dominicana. Deberá ser cursada por la empresa o institución en hoja timbrada y sellada. Se debe presentar sin notarizar.
  • Fotografía: de frente y con fondo blanco, el interesado deberá presentar una fotografía tipo carné de tamaño 4 x 5 cm.
  • Pasaporte original: tendrá que tener una vigencia mínima de 6 meses.
  • Estatus Migratorio: dicho estatus se certifica presentando una fotocopia legible del DNI del país de nacionalidad y una fotocopia de la Tarjeta de Residencia en el caso de poseer la residencia en un segundo país.
  • Certificación Laboral: en ella deberán constar los siguientes datos: fecha de ingreso en la empresa, salario que percibe y posición que ocupa en la empresa.
  • Historial de viajes: es decir, fotocopias de visas dominicanas y de otros países (en caso de haberlos).
  • Certificado de No Antecedentes Penales: debe ser expedido por las autoridades correspondientes del último país en el que estuvo domiciliado el interesado.

El tiempo de obtención de la Visa de Negocios puede ser de 1 día o puede alargarse hasta 15 días desde su solicitud, dependiendo de la urgencia, las solicitudes previas, la nacionalidad del solicitante y la disponibilidad del personal. En cuanto al precio, éste es de US$80.00 u 80,00€ para la visa de entrada única y de US$90.00 u 90,00€ con múltiples entradas.

Visa de Negocios con Fines Laborales

La Visa de Negocios con Fines Laborales (NM1) es expedida a aquellos ciudadanos extranjeros que, debido a la naturaleza de su ocupación, deban permanecer un año en territorio dominicano sin necesidad de tener que salir al exterior. Dicha Visa se suele otorgar en los casos en los que el interesado vaya a cumplir un contrato por tiempo determinado en una empresa pública o privada establecida en la República Dominicana. Este tipo de visa se puede renovar mientras dure la vigencia del contrato en cada caso concreto.

En lo que sigue, enumeramos los requisitos que debe cumplir la persona interesada para obtener dicha visa:

  • Formulario: se deberá cumplimentar a máquina o en letra de molde legible el formulario de Visa.
  • Pasaporte original: la vigencia mínima obligatoria debe ser de 6 meses.
  • Fotografía: ésta deberá estar a tamaño carné (4 x 5 cm), ser de frente y con un fondo blanco.
  • Propuesta de trabajo: en ella deberá constar la posición a ocupar por el beneficiario, el sueldo base más los beneficios adicionales.
  • Certificación del Ministerio de Trabajo: debe constar que la empresa está registrada en el Sistema Integrado de Registros Laborales (SIRLA) y que cumple con lo establecido en el Art. 135 del Código de Trabajo Dominicano sobre la nacionalización del trabajo.
  • Certificado Médico: en él deberá aparecer un diagnóstico del estado general de salud del interesado, indicando, en caso de haberla, cualquier tipo de enfermedad infecciosa que pueda padecer. Este certificado debe ser expedido por las autoridades de salud del último país en el que estuvo domiciliado el solicitante.
  • Acta de Nacimiento: según corresponda, deberá estar debidamente legalizada o apostillada. En caso de estar redactada en un idioma diferente al español, deberá ser traducida por un traductor/intérprete jurado. En este último caso, se deberán depositar tanto el original como la traducción.
  • Certificado de No Antecedentes Penales: éste deberá expedirse por las autoridades correspondientes del último país en el que estuvo domiciliada la persona en cuestión.
  • DNI, Tarjeta de Residencia y anteriores visas dominicanas: se deberá presentar una fotocopia legible tanto del DNI del país de nacionalidad como de la Tarjeta de Residencia en caso de que el interesado resida en un segundo país, así como otra de las anteriores visas dominicanas que haya podido obtener la persona.
  • Certificación de la Dirección General de Migración: en ella, deberá constar la última entrada al país del interesado (en caso de haber viajado anteriormente a la R.D.).
  • Carta de Solicitud de Visa: redactada bien por el solicitante o bien por su representante, deberá ir dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores y en ella deberán constar el nombre, nacionalidad, lugar de residencia y actividad a la cual se dedicará en territorio dominicano.

El precio de esta visa asciende a US$90.00 u 90,00€ y el tiempo de obtención puede variar entre 5 y 15 días desde la fecha de solicitud.

Visas Diplomáticas, Oficiales y de Cortesía

Las Visas Diplomáticas se expiden a familiares y miembros de misiones diplomáticas y consulares, entre los que se incluyen los miembros de organismos internacionales. En cuanto al segundo tipo, las Visas Oficiales, éstas van dirigidas a funcionarios gubernamentales o de organismos internacionales, así como a sus familiares si están en posesión de pasaporte oficial y viajen al país en forma particular o para realizar gestiones propias de su cargo. Por último, la Visa de Cortesía se otorga en pasaportes ordinarios a funcionarios diplomáticos o gubernamentales y sus familiares en caso de que viajen al país con dicha clase de pasaporte; esta visa también se otorga a personalidades distinguidas, así como a sus familiares.

Estos son los requisitos que debes cumplir si este es tu caso:

  • Formulario: se deberá rellenar debidamente el formulario de visa (a máquina o en letra de molde legible).
  • Nota Verbal o Diplomática: en ella deberá constar la Misión Diplomática, Consular u Organismo Internacional y se deben indicar los siguientes datos: nombre del solicitantes, nacionalidad, rango diplomático o cargo, número de pasaporte y motivo del viaje.
  • Fotografía: ésta deberá ser tamaño carné, es decir, 4 x 5 cm y tiene que ser de frente y sobre fondo blanco.
  • Pasaporte original: la vigencia mínima debe ser suficiente para cubrir el tiempo que vaya a durar la estancia en la República Dominicana.

El tiempo de obtención de cualquiera de estos tres tipos de visa varía entre 1 y 15 días desde la fecha de solicitud.

Visa de Dependencia

La Visa de Dependencia es aquel visado que se otorga a razón de dependencia familiar de los beneficiarios de visas diplomáticas, de cortesía, oficiales, de negocios con fines laborales y de estudiante. Esta visa siempre dependerá al tipo de visa otorgado al familiar principal o el patrono de quien dependan.

En la siguiente lista se enumeran todos los requisitos que se deben cumplir para la expedición de dicha visa:

  • Formulario: como en todos los casos anteriores, se debe cumplimentar debidamente el formulario de visa, ya sea a máquina o en letra de molde legible.
  • Fotografía: deberá ser de 4 x 5 cm, de frente y sobre fondo totalmente blanco.
  • Pasaporte original: la vigencia mínima debe ser igual o mayor al tiempo de duración de la visa que se solicita.
  • Acta de Matrimonio o Acta de Nacimiento de los hijos: esto dependerá del caso concreto de la persona que solicita la Visa de Dependencia.
  • Copia de la Visa o la Tarjeta de Residencia Dominicana y del pasaporte: se deberá presentar una copia de estos documentos de la persona de la cual dependa el solicitante.
  • Certificado Médico: en él deberá constar un diagnóstico completo del estado de salud del interesado, así como si padece algún tipo de infección. Este certificado debe ser otorgado por las autoridades sanitarias del último país en el que estuvo domiciliado el interesado.
  • Certificado de No Antecedentes Penales: al igual que el certificado médico, deberá ser expedido por las autoridades correspondientes del último país en que estuvo domiciliado el solicitante.
  • Autorización de los padres o el tutor legal: este requisito solamente deberá cumplirse en caso de que el interesado sea menor de edad. Se exige que el padre o la madre que no está en la República Dominicana manifieste su conformidad conforme a que el otro padre se lleve al menor en cuestión a territorio dominicano.
  • Fotocopia del DNI y la Tarjeta de Residencia: el DNI debe ser el del país de nacionalidad y la Tarjeta de Residencia en caso de que el interesado posea la residencia en un segundo país.
  • Solvencia económica: se deberán presentar documentos que acrediten que la persona de la cual depende el solicitante posee solvencia económica, tales como carta bancaria, títulos de propiedad, carta de trabajo…
  • Anteriores visas dominicanas: en caso de haber estado anteriormente en la República Dominicana, se deberá presentar una fotocopia legible de dichas visas.
  • Carta de Solicitud de Visa: deberá ir dirigida a la oficina consular y tiene que redactarla la persona de la cual depende el beneficiario. Esta persona tendrá que identificarse y presentar pruebas de que está en posesión de la Visa de Estudiante o la Visa NMI. Además, en ella deberá indicar si la persona por la cual se solicita la Visa de Dependencia depende de él por lazos familiares o por relación laboral.

Al igual que otros tipos de visa, la Visa de Dependencia puede tardar entre 5 y 15 días desde que se solicita, siempre dependiendo de la urgencia, la nacionalidad del solicitante y otros factores. El precio asciende a US$80.00 u 80,00€.

Visa de Residencia

Las Visas de Residencia (RS) se expiden a favor de aquellas personas interesadas en residir de manera definitiva en la República Dominicana. Este tipo de Visa puede concederse a las personas que se encuentren en alguno de los siguientes casos:

  • Relación de parentesco, ya sea reunificación familiar por matrimonio o dependencia directa.
  • Pensionistas, jubilados o rentistas de acuerdo con lo provisto en la Ley 171-07.
  • Inversionistas, se acuerdo con lo provisto en la Ley 171-07.

La Visa de Residencia es válida para un 60 días y para una sola entrada. Su precio asciende a US$90.00 u 90,00€ y puede tardar entre 5-15 días desde su solicitud. Una vez en territorio dominicano, el interesado deberá acudir a la Dirección General de Migración para formalizar los trámites de su residencia temporal, entre los que se encuentra el cumplimiento de los requisitos adicionales que se exige en cada caso de los que se mencionan en los siguientes apartados.

Requisitos Visa de Residencia por Reunificación Familiar:

  • Carta de Solicitud de Visa: deberá ir dirigida a la oficina consular correspondiente y estará firmada obligatoriamente por el beneficiario. En ella deben constar los siguientes datos: nombre, nacionalidad, lugar de residencia, ocupación e información sobre como procederá a establecerse en el país en calidad de cónyuge o hijo de extranjero residente legal en la República Dominicana. Esta carta no debe legalizarse ni apostillarse.
  • Fotografía: ésta será de tipo carné, es decir, medidas 4 x 5 cm, fondo blanco y de frente.
  • Formulario: se rellenará y cumplimentará debidamente a máquina o en letra de molde legible el formulario de visa correspondiente.
  • Pasaporte original: la vigencia mínima exigida es de 18 meses.
  • DNI y Tarjeta de Residencia: se debe presentar una fotocopia legible de ambos documentos: el DNI del país de nacionalidad y la Tarjeta de Residencia en caso de poseer la residencia definitiva en un segundo país.
  • Certificado Médico: en él, deberá constar el estado médico general del interesado, así como cualquier enfermedad infecciosa que padezca. Éste debe ser expedido por las autoridades sanitarias del último país en que estuvo domiciliada la persona en cuestión.
  • Certificado de No Antecedentes Penales: debidamente legalizado o apostillado según corresponda, éste debe ser expedido por la autoridad competente en esta materia. No se requiere para menores de edad.
  • Acta de Nacimiento: debidamente legalizada o aportillada. Además, si está en otro idioma que no sea el español, tendrá que ser traducida por un traductor jurado oficial y se entregarán ambos documentos, es decir, original y traducción.
  • Acta de Matrimonio: este requisito puede variar según el caso. Si una de las partes es natural de la R.D. y su matrimonio tuvo lugar en el extranjero, entonces se debe presentar un acta de matrimonio transcrita ante el Registro Civil de la Junta Central Electoral (JCE). En cambio, si ambas partes son extranjeros y tu matrimonio tuvo lugar en el extranjero, se deberá presentar tan solo el acta de matrimonio. En caso de no estar en español, deberá ser traducida por un traductor jurado oficial y se depositarán original (debidamente apostillado o legalizado) y traducción obligatoriamente.
  • Solvencia económica: se presentarán una serie de documentos que demuestren la solvencia económica del garante: Carta del Banco, Carta Laboral, copias de certificados de títulos de propiedades inmobiliarias o inmobiliarias, copia de Certificados Financieros, Certificación de Ingreso por Pensión y cualquier otro documento que sirva para dicho fin.
  • Carta de Garantía: esta carta sirve para que la persona residente en la República Dominicana manifieste que asume la responsabilidad de los gastos de repatriación y manutención, así como respeto por las condiciones morales y económicas del extranjero. Deberá firmarse por éste y dos testigos y estar debidamente notarizada y legalizada en la Procuraduría General de la República.

Requisitos Visa de Residencia por Rentista:

  • Carta de solicitud de Visa: firmada por el interesado y dirigida a la oficina consular correspondiente. Debe contener nombre, nacionalidad, lugar de residencia, actividad productiva a la que se dedica e información sobre cuál es su plan para establecerse en el país en calidad de rentista. Dicha carta no se legaliza ni se apostilla.
  • Formulario: el interesado debe cumplimentar debidamente el formulario de visa, bien a máquina o bien en letra de mo



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